Lo hizo por decisión de Sergio Ziliotto y bajo la figura “Amigo del Tribunal” -Amicus Curiae-. Así, la Provincia sumará sus argumentos a los de nación y otras provincias, para poner fin a la transferencia excesiva de recursos hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en perjuicio del resto del país.
La presentación se encuadra en el juicio que la nación mantiene contra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el aumento desmedido del coeficiente de coparticipación otorgado en la presidencia de Mauricio Macri.
En igual sentido se presentaron las provincias de Buenos Aires, Santiago del Estero, Chubut, La Rioja, Santa Cruz, Catamarca, Formosa, Chaco, Tucumán, Santa Fe, Misiones, Entre Ríos y Tierra del Fuego
En el escrito se manifiesta que en la causa en cuestión se discute la constitucionalidad del Decreto 735/20, que determina nuevos coeficientes porcentuales para la ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo cual implica un necesario debate en conceptos de coparticipación, porcentajes de distribución, cuestión de clara trascendencia e interés público.
Se trata entonces de una cuestión propia del Estado Federal, cuyas implicancias repercuten de manera directa en las provincias que lo integran, requiriendo, por tanto, a la Corte, la concertación de las mismas para las cuestiones que puedan llegar a modificar principios constitucionales en la materia.
La constitucionalidad del Decreto 735/20 implica la discusión acerca de la coparticipación, porcentajes de distribución y la necesidad que se mantenga la equidad, la solidaridad y un grado equivalente de desarrollo de las provincias que componen la nación, todo ellos conforme lo establecido por la Constitución Nacional.
Por ello se manifiesta en la presentación que el debate suscitado antes los estrados del tribunal amerita la visión del Estado de la provincia de La Pampa como sujeto del régimen de Coparticipación Federal que constituye una opinión calificada en la cuestión y puede aportar un fundado análisis argumentativo.
Asimismo, expresó “los recursos aplicados a las políticas de Gobierno, tienen como destinatarios a los y las habitantes concretos que pertenecen a las distintas provincias argentinas. Si se otorgan partidas discrecionales del tesoro nacional en beneficio exclusivo de la Ciudad, cuya capacidad presupuestaria y fiscal es más holgada que la mayoría de nuestras provincias, se pierde la posibilidad que esos recursos se asignen a la corrección de las asimetrías existentes y cuya corrección es imperativa. Distribuir los recursos de manera equitativa resulta imprescindible para lograr el bienestar general y el progreso económico, cultural y natural de la población, de ello se trata, en definitiva, el federalismo que se pretende”.