Grave Error del Abogado, Frustra la Entrada de Re/Max a La Pampa: rechazan Recurso Extraordinario Federal por «deficiente técnica formal»

Cinco meses después del fallo del Superior Tribunal de Justicia que le dio la razón al Colegio de Martilleros y Corredores de Comercio de La Pampa en el litigio con la martillera Daiana Domínguez, el mismo tribunal le dio otro golpe a la estrategia de la empresaria. Le declaró inadmisible el recurso extraordinario federal con el que pretendía llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Domínguez lleva años batallando judicialmente para asociarse a la compañía internacional de real estate Re/Max y convertirse en la franquicia de la firma en nuestra provincia. Quien resistió esa intención de la empresaria fue el Colegio de Martilleros de la provincia, de la que ella es asociada. La entidad le ganó en todas las instancias judiciales.

El primer fallo en contra de Domínguez data de 2022, cuando la jueza Marcia Catinari resolvió que la asociación entre Domínguez y Re/Max no podía realizarse. Esa sentencia fue apelada por la martillera ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la ciudad, la cual rechazó ese recurso, con lo cual la agente inmobiliaria volvió a apelar, esta vez a través de un recurso extraordinario que llegó a la Sala A del STJ.

La profesional pretende que la Justicia declare la nulidad de la Resolución N° 004/2021 dictada en el expediente administrativo N° 02/2021 mediante la cual el Colegio de Martilleros denegó -para ella arbitrariamente- el uso del nombre de fantasía “Remax Pasión” que ella quería utilizar.

La institución se opuso a la utilización de esa marca por considerar que “Re/Max” constituye la raíz de “Remax Argentina SRL y de Remax Internacional Inc.”, lo cual podría generar incertidumbre.

Catinari estimó que la coincidencia del nombre elegido con la razón social de personas ajenas al ejercicio del corretaje con matriculación local, además de estar prohibido reglamentariamente, resulta susceptible de generar confusión a quienes participan del tráfico de bienes como usuarios y corredores así como la comunidad en general, respecto a la identidad de quien ejerce la actividad profesional.

Para la magistrada, utilizar el nombre “Remax Pasión” provocaría que se omita o no se comprenda que es la martillera Daiana Domínguez quien de manera exclusiva y personal, sin asociarse a persona alguna, pretende ejercer el corretaje bajo el nombre de fantasía elegido. Al tomar el caso, apelación mediante, la Cámara rechazó la pretensión de la martillera y ratificó el fallo de primera instancia.

 

Inadmisible.

 

El STJ, a través de la sala integrada por el juez Fabricio Losi y su par Eduardo Fernández Mendía no se introdujo en el fondo de la cuestión, pues consideró que el recurso extraordinario presentado por la profesional, a través de su abogado, planteó los agravios con una “deficiente técnica formal” que no les dejó otra alternativa que el rechazo.

 

En el último fallo, el STJ volvió a rechazar, estaba vez el recurso extraordinario federal, por razones formales, entre otras, porque el planteo que presentó el letrado que patrocina a Domínguez no rebatió los argumentos del fallo anterior del STJ sino el de la Cámara de Apelaciones. (fuente: La Arena- foto: ilustrativa)

 

El Fiduciario

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