Como lo había anunciado durante la apertura del año legislativo, Sergio Ziliotto envió a la Legislatura Provincial el Proyecto de Ley por el cual se instrumenta un régimen de jubilación anticipada destinado a los agentes públicos de los tres poderes del Estado.
Principales características y requisitos
- Destinada a agentes públicos de los tres poderes del Estado.
- Accederán las mujeres con una edad mínima de 55 años y los varones de 60 años.
- Deben contar con 30 años o más de servicio con aportes, de los cuales un mínimo de 20 años deben haberlos hecho al Instituto de Seguridad Social de La Pampa.
- Incluye a las y los agentes de Comisiones de Fomento y Municipalidades que adhieran a la Ley.
- Las vacantes de las/los agentes que accedan a la jubilación anticipada serán eliminadas, con la única excepción de las ramas profesionales de salud y técnica del sistema de salud pública, debiendo cubrirse en la misma localidad en la que se produjo la vacante.
- La medida no alcanza a funcionarios.
- El haber jubilatorio será el 82% móvil del salario de bolsillo de cada agente.
- No se verá afectada la sustentabilidad del sistema previsional pampeano., ya que será la Provincia la que realice el aporte para alcanzar ese 82% móvil.
- El Gobierno provincial realizará un aporte para financiar las jubilaciones anticipadas en municipalidades y comisiones de fomento que adhieran a la Ley y se comprometan a eliminar las vacantes.
Fundamentos del Proyecto
Al momento de anunciarlo, el Gobernador definió que se trata de “una herramienta acorde” a la contingencia que implica la modernización del Estado a través de la digitalización de proceso que avanzaran con la instrumentación del Plan Estratégico de Modernización e Innovación de la Administración Pública Provincial.
“Esta decisión de Gobierno va en línea con dar respuesta a quienes, luego de una larga trayectoria en la administración pública, encuentran dificultades para la adaptación a los nuevos entornos digitales”, amplió el mandatario
Asimismo, dijo que se busca “atender el pedido de organizaciones gremiales y dar respuesta para quienes ya han cumplido con creces su misión de estar al frente de la prestación de servicios públicos, como es el caso específico de trabajadoras y trabajadores de la salud que, además, estuvieron en la trinchera cuidándonos durante la pandemia”.
Ziliotto definió que la jubilación anticipada también podrá ser opción para agentes de Municipios y Comisiones de Fomento, para lo cual será necesario que las localidades adhieran a la Ley enviada a Diputados.
Aclaró en este sentido que el Gobierno provincial se hará “cargo de los recursos que correspondan a los gobiernos locales a partir de la contraprestación de no incorporar nuevo personal”.
Finalmente, dejó en claro que el esfuerzo presupuestario “será soportado por el Estado provincial, eliminando cualquier impacto negativo en la sustentabilidad del sistema previsional provincial” y, en línea con ello aclaró que “las vacantes producidas por estos beneficios previsionales serán eliminadas”.