El Senado debate este jueves, una versión acotada del proyecto de Protección propiedad privada , que tendrá como eje central una reforma que contempla los desalojos “exprés” de campos, viviendas y terrenos que fueron usurpados.
Desalojos
En un tema que afecta a millas de propietarios e inquilinos , De acuerdo a la iniciativa oficial, se aplicará un desalojo exprés solo en los casos en que se trate de inmuebles usurpados o tenedores precarios, donde el juez podrá disponer la entrega inmediata del inmueble si “el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria”,
El juez podrá intimidar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño.
Los inquilinos en mora deberán recibir de parte del propietario una carta documento y otorgar un plazo de al menos 10 días corridos para ponerse al día, que se contarán desde que recibirán la respectiva notificación. Si se mantiene el incumplimiento del inquilino, el propietario puede iniciar la acción de desalojo que se efectuará en un plazo de 10 días hábiles.
En el caso de que haya menores o adultos en situación de desamparado , el juez deberá darles intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar, disponiendo un plazo prudencial que no excederá de 10 días para asegurar una alternativa habitacional transitoria, sin perjuicio de la continuidad del proceso.
Expropiaciones
La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva. La declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida.
El dictamen demostró que habrá tope del 30% de indemnización por lucro cesante , ya que en el proyecto original no se fijaba ningún porcentaje. La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor más la tasa del Banco Nación a treinta días.
No se realizará la transferencia sin el pago de la indemnización, aunque el Estado podrá pedir la posesión de ese bien.. fuente: Diario Popular