El juez de audiencia de juicio de General Pico, Federico Pellegrino, condenó a Aníbal Antonio Alberto, de 70 años, y a su hijo, Andrés Aníbal Alberto, de 46, como coautores del delito de estafa reiterada en once oportunidades. El padre recibió una pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, mientras que su hijo fue sentenciado a tres años y seis meses, también de cumplimiento efectivo. Ambos fueron hallados responsables de desapoderar de una gran cantidad de vacunos y dinero a dos firmas ganaderas y dos empresas de transporte mediante engaño, abuso de confianza y simulación de crédito.
Los hechos ocurrieron cuando los condenados, titulares de la firma Panema S.A. con sede en Justiniano Posse, Córdoba, adquirieron ganado vacuno en diversas operaciones y contrataron su transporte. Para abonar tanto a las compañías ferieras como a los transportistas, libraron cheques electrónicos y físicos de pago diferido, con pleno conocimiento de que no podrían ser cobrados por falta de fondos. A una de las empresas ganaderas le compraron 195 cabezas de ganado en ferias de enero y marzo de 2021, generando un perjuicio de $5.773.818,65. A otra firma le adquirieron 475 cabezas entre enero y marzo de 2021, ocasionando una pérdida de $10.511.978,08. Además, estafaron a dos empresas de transporte por servicios contratados en febrero y marzo de 2021, por montos de $705.571 y $73.931 respectivamente.
En su fallo, el juez Pellegrino consideró probado que “la empresa se preparó para su quiebra, que compró sabiendo que no iba a poder pagar a la fecha de vencimiento de los documentos entregados y, por si fuera poco, también es deducible que se deshizo de todo su capital de hacienda en forma previa a la presentación del concurso”. El magistrado diferenció la responsabilidad de ambos, señalando que Andrés Alberto estaba al frente de las contrataciones y la emisión de cheques, mientras que Aníbal Alberto conservaba facultades de control. Para el padre, valoró como agravantes “la magnitud del daño ocasionado” y “la pluralidad de hechos”. Para el hijo, además de los agravantes compartidos, ponderó “su rol preponderante en la ejecución del plan delictivo” y su “mayor dominio funcional del hecho”. fuente: Info Pico