Un hombre de 36 años fue condenado a 12 años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal a una niña menor de trece años. La sentencia fue agravada por ser el encargado de la guarda de la víctima, quien era su sobrina, y se enmarcó en las leyes nacionales 26.485 de Protección Integral contra las mujeres y 26.061 de Protección Integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
El fallo fue dictado por el juez de audiencia de General Acha, Raúl Miguez Martín, tras la realización del juicio oral. En la etapa de alegatos, la fiscala María Virginia Antón solicitó la calificación legal y la pena que finalmente se le impuso al imputado. Por su parte, el defensor particular, Benjamín Eugenio Ortíz, aunque admitió la materialidad de los hechos, pidió que su defendido fuera declarado inimputable al sostener que no pudo comprender la criminalidad de sus actos ni dirigir sus acciones.
En cambio, el magistrado otorgó plena credibilidad al relato de la víctima, a quien el acusado, su tío, abusó cuando ella tenía cuatro años. El testimonio fue calificado por el juez como “espontáneo, exhaustivo y sin contradicciones”, lo que permitió dar por probado el hecho denunciado.
Además de la condena, el juez mantuvo la prisión preventiva del imputado, que previamente había sido sustituida por la prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima. De forma complementaria, le impuso otras tres condiciones: no contactarse con una testigo, fijar domicilio y presentarse todos los viernes en una comisaría.
Finalmente, se ordenó la detención inmediata del agresor sexual una vez que el fallo quede firme o ejecutable. También se dispuso su incorporación al Registro de procedimiento y notificación de antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual y la obtención de sus muestras genéticas para ser remitidas al Laboratorio de Genética Forense del Ministerio Público Fiscal. fuente: Info Pico