Una en Mendoza y la otra en San Luis: separaron a las asesinas de Lucio

Las homicidas de Lucio Dupuy fueron separadas. Magdalena Espósito Valenti pidió “no estar más en el mismo lugar que Abigail Páez”, según publicó el Diario La Arena y fue trasladada al Instituto Correccional de Mujeres de Cuyo en Luján de Cuyo – Mendoza, mientras que Páez, continua presa en San Luis.

Espósito Valenti le solicitó a la jueza Marisol Rodríguez, a cargo de su ejecución de pena, ser trasladada a Santa Rosa, por dos motivos: “Estar más cerca de su familia para que la pueda visitar, y ser separada de Abigail Páez”. Ante la consulta de Rodríguez al Servicio Penitenciario Federal, sobre la posibilidad de trasladar a la homicida a Santa Rosa, la respuesta fue que por el perfil criminal de la mujer, la Unidad 13 no era un penal adecuado, por lo que se decidió el traslado a la cárcel mendocina.

Ante esta situación, la defensa de Espósito Valenti intentó frenar su traslado, aduciendo que “es más lejos y más costoso para la familia poder visitarla en Mendoza”, pero la jueza desestimó este argumento, porque el Ministerio de Seguridad y Justicia de La Pampa se hace cargo de los costos de traslado de los familiares que deseen viajar a visitarla. La separación de las homicidas para el cumplimiento de la pena era uno de los principales reclamos de la familia paterna de Lucio, desde el momento en que ambas fueron condenadas.

En febrero terminó la instancia de recursos ordinarios en el Caso Lucio, para las condenadas por el homicidio agravado y abuso sexual gravemente ultrajante, y comenzó formalmente al proceso de ejecución de pena de las dos condenadas, Espósito Valenti y Páez, madre y madrastra del niño asesinado en noviembre de 2021.

El Tribunal de Impugnación Penal dejó firme la condena por homicidio agravado a las condenadas y también a ambas, incursas en el delito de abuso sexual gravemente ultrajante.

La audiencia de juicio de la Primera Circunscripción Judicial, declaró el 2 de febrero de 2023, la culpabilidad de Magdalena Espósito Valenti, como autora material y penalmente responsable del delito de Homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento (Art. 80.1 y 80.2 del CP) en perjuicio de Lucio Dupuy. A su vez, declaró a Abigail Páez, autora material y penalmente responsable del delito de Homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento en concurso real con el delito de Abuso Sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado (Art. 80.2, 55 119 primer y tercer párrafo e incs. b) y f) del cuarto párrafo y 55 -a contrario sensu- ambos del CP) en perjuicio de Lucio Dupuy. En esa primera instancia, se absolvió a Espósito Valenti, del hecho de abuso sexual agravado por el que fuera oportunamente acusada, por aplicación del artículo 6 del CPP.

El 17 de febrero de 2023, les dictó a las dos condenadas, en la audiencia de Imposición de Pena, la imposición de prisión perpetua.

El 26 de septiembre de 2023, la Sala A del TIP decidió condenar a Espósito Valenti, a la pena de prisión perpetua con más la accesoria del artículo 12 del C.P., por la comisión del delito de homicidio triplemente calificado -por la cual ya había sido declarada autora penalmente responsable-, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un elemento fálico y abuso sexual gravemente ultrajante, ambos agravados por tratarse de la ascendiente y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado (arts. 55, 119 primero, segundo y tercer párrafo e inc. b) y f) del cuarto párrafo y 55 -a contrario sensu- ambos del CP). (fuente: La Arena)

 

 

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